Fianza arrendamiento

El Juzgado de Primera Instancia número 53 de Barcelona ha estimado la demanda formulada por este despacho en reclamación contra el propietario-arrendador de un local comercial que no había hecho la devolución completa de la fianza entregada en su día por el arrendatario. El Juzgado ha desestimado que el propietario-arrendador pueda descontar de la fianza el coste de unas reparaciones hechas en el local un mes después de recibir las llaves del arrendatario y sin que antes hubiera existido ninguna comunicación de disconformidad ni notificación al arrendatario para que pudiera comprobar la realidad y alcance de los desperfectos.