Pensión de alimentos.

La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Barcelona ha estimado el recurso de este bufete de dejar sin efecto una pensión de alimentos que el Juzgado de Primera Instancia 15 de Barcelona había concedido, a cargo del padre, a una hija de 34 años que, aun declarando no tener ingreso alguno para su subsistencia, acreditaba haber cursado dos carreras universitarias y ser socia de diversas sociedades mercantiles.