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Pensión de alimentos.

La Sección Decimoctava de la Audiencia Provincial de Barcelona ha estimado el recurso de este bufete de dejar sin efecto una pensión de alimentos que el Juzgado de Primera Instancia 15 de Barcelona había concedido, a cargo del padre, a una hija de 34 años que, aun declarando no tener ingreso alguno para su subsistencia, acreditaba haber cursado dos carreras universitarias y ser socia de diversas sociedades mercantiles.

Legítima. Cálculo del valor del caudal relicto.

La Sección 19ª de la Audiencia Provincial de Barcelona ha estimado la pretensión del legitimario, defendido por este despacho, con relación a la valoración de los bienes inmuebles integrantes del caudal hereditario del causante; en particular, tratándose de bienes inmuebles rústicos, se estima que las obras y mejoras que hizo el heredero en dichos inmuebles, en vida del causante, incrementaron su valor, y, por tanto, no pueden descontarse para el cálculo de la legítima.

Dicha doctrina se aplica no solamente a las construcciones agrarias, sino también a las zonas de cultivo ganadas sobre tierras yermas o forestales. Por otro lado, estima el Tribunal que la cuota legitimaria a favor del demandante debe incrementarse con los intereses devengados desde la fecha de la defunción del causante, y ello a pesar de que en el testamento se previó a su favor una pequeña cantidad líquida en concepto de legítima que no los devengaba.

Tributos. Anulación de las actas de inspección por prescripción.

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya estima la demanda interpuesta por la empresa contra las actas de liquidación y de sanción levantadas por la Inspección de Tributos de la Agencia Tributaria y avaladas por resolución del TEAR.

El Tribunal estima las alegaciones de A empresa en el sentido de que las actuaciones inspectoras se habían excedido del plazo de 12 meses, y qué determinadas dilaciones producidas en el procedimiento no fueron imputables a la empresa.

En particular, declara que las dilaciones solo son determinantes de una ampliación de plazos si impiden a la Inspección continuar con normalidad el procedimiento, lo que no ocurre si, pese a que la empresa no aporta en el plazo requerido alguna concreta documentación, sí que aporta la restante y la Inspección continúa ejecutando otros actos de revisión.

Por otro lado, la suspensión de las actuaciones en el mes de agosto solicitada por la empresa, obligaba a la Inspección a ordenar la reanudación de las actuaciones a partir del mes de septiembre, y no a la propia empresa, de manera que el plazo transcurrido sin ninguna actuación a partir de la conclusión del periodo suspendido a petición de la empresa es imputable a la Administración, y no al inspeccionado.

Por estas consideraciones queden anuladas las actas de IVA, Impuesto de Sociedades y las sanciones derivadas.

Accidente de trabajo con negligencia del trabajador

El Juzgado Social 25 de Barcelona estima parcialmente la demanda de la empresa, dirigida por este despacho, y reduce el recargo de prestaciones que el INSS había impuesto a la empresa por razón del accidente de trabajo sufrido por un trabajador al caer desde el tejado de una nave industrial en la que realizaba trabajos de limpieza.

A pesar de que se considera que el accidente estuvo propiciado por la insuficiencia de medidas de seguridad a cargo de la empresa, el Juzgado ha tenido en cuenta la actitud negligente del trabajador accidentado que desatendió las instrucciones de otros operarios de la empresa y las propias advertencias visuales existentes en el centro de trabajo.

Despido improcedente

El Juzgado Social 24 de Barcelona estima la demanda por despido de una trabajadora, dirigida por este despacho, contra la decisión de la sociedad Expertus de amortizar su puesto de trabajo, alegando que sus funciones habían quedado vacías de contenido a consecuencia de la implantación de nuevos software y sistemas electrónicos de gestión.

El Juzgado considera acreditado que las funciones de la trabajadora no desaparecieron, sino que fueron reasignadas a otras trabajadoras de la empresa, y declara que el despido fue improcedente, condenando a la empresa al pago de la indemnización correspondiente.

La Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya confirma la sentencia e impone las costas procesales a la empresa.

Fianza arrendamiento

El Juzgado de Primera Instancia número 53 de Barcelona ha estimado la demanda formulada por este despacho en reclamación contra el propietario-arrendador de un local comercial que no había hecho la devolución completa de la fianza entregada en su día por el arrendatario.

El Juzgado ha desestimado que el propietario-arrendador pueda descontar de la fianza el coste de unas reparaciones hechas en el local un mes después de recibir las llaves del arrendatario y sin que antes hubiera existido ninguna comunicación de disconformidad ni notificación al arrendatario para que pudiera comprobar la realidad y alcance de los desperfectos.

(Relación) médico profesional — Centro médico.

El Juzgado Social 20 de Barcelona desestima la demanda de oficio de la Tesorería General de la Seguridad Social que reclamaba el alta de oficio en el régimen general como trabajador por cuenta ajena de un profesional médico que presta servicios profesionales recurrentes en un centro médico pluridisciplinar bajo régimen mercantil.

Las características de la prestación descartan la existencia de ajenidad y dependencia necesarias para la configuración de la relación como laboral. La Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña confirma la sentencia.

Compensación de crédito por costas contra pensión compensatoria

El Juzgado de Familia 15 de Barcelona ha dictado Resolución aceptando la petición efectuada por Bufet Redon de compensar la obligación de su cliente de pagar una pensión compensatoria atrasada con un crédito que el mismo cliente ostenta contra la beneficiaria de la pensión con origen en una condena en costas impuesta en un procedimiento civil entre las mismas partes.

En un previo proceso de divorcio se había condenado al esposo a pagar a la ex-esposa una cantidad en concepto de pensión compensatoria; como quiera que el obligado había desatendido el pago de algunas mensualidades, el mismo Juzgado había ordenado el embargo de su pensión de jubilación, que soportaba la retención máxima legal para garantizar el cobro de dicha pensión compensatoria. El propio obligado ostentaba un crédito contra la ex-esposa por razón de unas costas procesales impuestas a aquella, y que no podía hacer efectivas por razón de su insolvencia.

Pese a diversas negativas anteriores, el Juzgado finalmente ha aceptado la tesis sostenida por Bufet Redon y ha considerado los dos créditos de la misma categoría, igualmente líquidos, vencidos y exigibles, y ha aceptado su compensación.

Condena al contratista a pagar los trabajos del industrial subcontratado.

La sección Decimonovena de la Audiencia Provincial de Barcelona ha determinado la obligación de la empresa contratista principal de pagar todos los trabajos efectuados por el industrial subcontratado, defendido por Bufet Redon, desestimando todas las excepciones opuestas por la empresa constructora que alegaba incumplimientos o cumplimiento defectuoso de las obligaciones a cargo del industial.

La sentencia del Tribunal recuerda la doctrina de la carga de la prueba, de manera que habiendo acreditatdo la demandante la existencia y validez de su crédito, correspondía a la demandada probar en su caso los elementos oblativos a su eficacia, y que en este caso no ha concurrido ninguna prueba, más allá de la subjetiva e interesada lectura de la parte demandada, que acreditase un complimiento defectuoso o tardío. Asimismo, el Tribunal desestima la acción reconvencional de la empresa demandada y la condena a pagar intereses sobre la cantidad de la condena, así como las costas causadas en primera y segunda instancia.

Proceso Concursal. Acción de anulación de pagos efectuados por el administrador social.

El Juzgado Mercantil nº 3 de Barcelona ha desestimado la demanda incidental de reclamación de cantidades que el Administrador Concursal había interpuesto contra una sociedad proveedora de la sociedad concursada, por los pagos de facturas que el administrador social había efectuado después de haber solicitado al Juzgado la declaración de concurso voluntario.

El Juzgado ha desestimado la demanda y ha absuelto a la sociedad proveedora, defendida por Bufet Redon, aceptando que los pagos efectuados por el administrador de la sociedad no pueden ser declarados nulos si se ordenaron o efectuaron antes de que se decretara el concurso o se publicara la declaración judicial del concurso, si los pagos correspondían a pequeñas cantidades propias del giro y tráfico ordinario de la empresa, sin que en este caso sea necesaria la previa autorización o convalidación del acto por parte del administrador concursal.

Delito de Abandono de Familia

El Juzgado Penal 16 de Barcelona ha dictado sentencia absolviendo al padre de familia, defendido por Bufet Redon, en un proceso penal abierto por el impago de pensiones alimenticias dictadas a favor del hijo en proceso matrimonial de divorcio.

El Juzgado ha estimado las alegaciones de la Defensa, atendiendo a que la denuncia contra el progenitor había sido interpuesta por la madre del hijo común, y no por este, pese a que los hechos se habían producido cuando el hijo ya había alcanzado la mayoría de edad.

El Juez y el Ministerio Fiscal también han tenido en cuenta que el progenitor había satisfecho las obligaciones civiles pendientes con anterioridad a la vista, en acuerdo extrajudicial con la denunciante y el propio hijo.

Protección del titular del solar que lo cede a un promotor a cambio de pisos futuros.

La Audiencia desestima la tercería de dominio y autoriza a un industrial a embargar y ejecutar los pisos embargados de un inmueble, a pesar de que el promotor de la obra los tenía que entregar a l’antiguo propietario del solar como contrapartida de la cesión del terreno.

La Sección 19 de la Audiencia Provincial de Barcelona ha estimado el recurso de Apelación que había interpuesto este Bufete, y ha reconocido el derecho de un industrial a cobrar su crédito contra el promotor de un edificio de viviendas, embargando y ejecutando en pública subasta el piso y la plaza de aparcamiento que el promotor había prometido entregar al anterior propietario del solar.

La Audiencia revoca la sentencia del Juzgado de Primera Instancia 57 de Barcelona, entendiendo que el pacto entre el propietario del solar y el promotor significaba la transmisión del dominio del solar al promotor, pero que el pacto de entrega futura del piso y la plaza de aparcamiento no equivalía a la ficta traditio que alegaba la parte contraria.

Condena al pago de deuda mercantil con declaración de mala fe procesal

El Juzgado condena a la empresa contratista al pago de la deuda a la empresa subcontratada, declarando la mala fe procesal de la primera por haberse opuesto al previo procedimiento monitorio.

El Juzgado de Primera Instancia 22 de Barcelona ha condenado a una empresa contratista de una obra de urbanización a pagar el crédito reclamado por la empresa subcontratista de las instalaciones eléctricas, que ha estado defendida por este Bufete.

El Juzgado ha desestimado todas las excepciones planteadas por el contratista, que alegaba que el instalador había ejecutado defectuosamente sus trabajos, y ha declarado expresamente la mala fe de la oposición en el proceso principal y en procedimiento monitorio previo, imponiendo el pago íntegro de la cuantía reclamada más los intereses moratorios y las costas.

Valor liberatorio de finiquito.

La firma de un finiquito por parte del trabajador libera a la empresa de una posterior reclamación de indemnización por acoso laboral.

El Juzgado Social 2 de Tarragona ha absuelto la empresa de una demanda interpuesta por un trabajador que reclamaba una indemnización de 32.500 euros por acoso laboral.

El ex-trabajador alegaba haber sufrido un trato vejatorio y haber trabajado en condiciones de falta de medidas de seguridad e higiene.

El Juzgado ha considerado que el recibo de finiquito que había suscrito el trabajador en una conciliación judicial en un procedimiento previo por despido improcedente tenía valor liberatorio y ha absuelto a la empresa que estaba representada por este Bufete.

Absolución de delito de estafa.

Bufet Redon obtiene sentencia absolutoria del Juzgado Penal 4 de Vilanova i la Geltrú a favor de una administradora de una sociedad mercantil que compensó el crédito contra un cliente moroso. La sociedad era titular de un crédito contra un cliente que explota un restaurante y que no había pagado sus servicios de difusión publicitaria.

La sociedad organizó una cena de empresa en el establecimiento del cliente moroso y solicitó la compensación de su crédito con la factura del ágape.

Fiscalía acusó a la administradora de estafa, pero el Juzgado ha estimado que la conducta de la administradora estaba justificada al haber actuado desde el principio con la voluntad de aplicar la compensación con conocimiento del deudor.

Absolución administradora formal.

Bufet Redon obtiene sentencia absolutoria del Juzgado Penal 16 de Barcelona en defensa de administradora de sociedad mercantil implicada en trama de defraudación de IVA.

El Ministerio Fiscal y la Abogacía del Estado imputaban a la acusada un delito fiscal por la defraudación de cuotas de IVA por parte de una sociedad, cuya dirección efectiva la desarrollaban terceras personas, siendo la acusada una simple apoderada formal.

Nulidad de operaciones mercantiles.

Bufete Redon obtiene sentencia favorable al Juzgado de Primera Instancia 4 de Granollers en procedimiento de declaración de nulidad de operaciones mercantiles por importe de 798.237,52 euros, por error de consentimiento.

Una sociedad pretendía la declaración de nulidad de un conjunto operaciones mercantiles de venta de diferentes partidas de material de recuperación efectuadas por una sociedad cliente del despacho, por error induit en la identidad de los operadores, raíz de una Inspección de Hacienda. El Juzgado a desestimar íntegramente la demanda y ha declarado válidas y eficaces las operaciones.

Bufete Redon obtiene sentencia favorable en el Juzgado de Primera Instancia 4 de Granollers en procedimiento de declaración de nulidad de operaciones mercantiles miedo importo de 798.237,52 euros, miedo error de consentimiento.

Una sociedad pretendía la declaración de nulidad de un conjunto de operaciones mercantiles de abanica de diferentes partidas de material de recuperación efectuadas miedo una sociedad cliente del despacho, miedo error inducido en la identidad de los operadoras, a raíz de una inspección de Hacienda. El Juzgado ha desestimado íntegramente la demanda y ha declarado válidas y eficaces las operaciones.
Neteja

Nulidad de operaciones mercantiles.

Bufete Redon obtiene sentencia favorable al Juzgado de Primera Instancia 4 de Granollers en procedimiento de declaración de nulidad de operaciones mercantiles por importe de 798.237,52 euros, por error de consentimiento.

Una sociedad pretendía la declaración de nulidad de un conjunto operaciones mercantiles de venta de diferentes partidas de material de recuperación efectuadas por una sociedad cliente del despacho, por error induit en la identidad de los operadores, raíz de una Inspección de Hacienda. El Juzgado a desestimar íntegramente la demanda y ha declarado válidas y eficaces las operaciones.

Bufete Redon obtiene sentencia favorable en el Juzgado de Primera Instancia 4 de Granollers en procedimiento de declaración de nulidad de operaciones mercantiles miedo importo de 798.237,52 euros, miedo error de consentimiento.

Una sociedad pretendía la declaración de nulidad de un conjunto de operaciones mercantiles de abanica de diferentes partidas de material de recuperación efectuadas miedo una sociedad cliente del despacho, miedo error inducido en la identidad de los operadoras, a raíz de una inspección de Hacienda. El Juzgado ha desestimado íntegramente la demanda y ha declarado válidas y eficaces las operaciones.
Neteja

Participaciones Preferentes

Estimada por allanamiento y transacción al Juzgado de Primera Instancia 4 de Barcelona la demanda dirigida por Bufete Redon contra Catalunya Caixa para la declaración de nulidad de una operación de adquisición de participaciones preferentes por un nominal de 40.000 euros.

Catalunya Caixa ha aceptado el pago al cliente del importe íntegro del nominal y las costas judiciales.

Estimado miedo allanamiento en el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Barcelona demanda dirigida miedo Bufete Redon contra Catalunya Caixa para la declaración de nulidad de una operación de adquisición de Participaciones Preferentes miedo un nominal de 40.000 euros.

Catalunya Caixa ha aceptado lo pago al cliente del importo íntegro del nominal y las costas judiciales.